Orden hereditario en Colombia: ¿Quién hereda en una sucesión intestada?
En el marco del derecho de familia, el orden hereditario en Colombia u orden sucesoral es la regla legal que determina quiénes son los herederos y en qué orden acceden a los bienes y derechos del causante cuando éste fallece sin dejar testamento, lo que se conoce como sucesión intestada.
Al momento del fallecimiento de una persona, su masa sucesoral conformada por sus bienes, derechos y obligaciones transmisibles pasa a ser objeto de partición entre sus herederos legales, conforme a lo establecido en el Código Civil. La norma establece que el orden superior excluye al inferior, es decir, si hay herederos de un orden prioritario, no acceden los siguientes, según lo indica el artículo 1015 del Código Civil.
Primer orden hereditario: descendientes
Los hijos del causante, sean biológicos, adoptivos o extramatrimoniales, constituyen el primer orden de sucesión. Son considerados herederos forzosos y tienen derecho preferente sobre la totalidad de la herencia. En caso de existir, excluyen a todos los demás órdenes.
Segundo orden hereditario: ascendientes y cónyuge
Este orden incluye a los padres biológicos o adoptivos del causante y a su cónyuge o compañero permanente. Según el artículo 1046 del código civil: “Si el difunto no deja posteridad, le sucederán sus ascendientes de grado más próximo, sus padres adoptantes y su cónyuge. La herencia se repartirá entre ellos por cabezas.”
Esto significa que, si no hay descendientes, la herencia se divide en partes iguales entre el padre, madre y cónyuge supérstite ( cónyuge sobreviviente).
Tercer orden hereditario: hermanos y cónyuge
Cuando no hay descendientes ni ascendientes, el tercer orden hereditario está compuesto por los hermanos del causante y nuevamente por el cónyuge o compañero permanente. El artículo 1047 del código civil señala: “Si el difunto no deja descendientes ni ascendientes, ni hijos adoptivos, ni padres adoptantes, le sucederán sus hermanos y su cónyuge. La herencia se divide la mitad para éste y la otra mitad para aquéllos por partes iguales.”
Cuarto orden hereditario: sobrinos
Si no hay herederos en los tres primeros órdenes, los sobrinos, es decir, los hijos de los hermanos del causante, heredan. Así lo establece el primer inciso del artículo 1051 del código civil: “A falta de descendientes, ascendientes, hijos adoptivos, padres adoptantes, hermanos y cónyuges, suceden al difunto los hijos de sus hermanos.”
Quinto orden hereditario: bienestar familiar
En ausencia de herederos en los órdenes anteriores, los bienes pasan al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), tal como lo establece el segundo inciso del artículo 1051 del Código Civil. Este caso es excepcional y se presenta cuando no existen familiares sobrevivientes ni testamento.
¿Tengo derecho a los bienes de mi pareja si falleció?
La participación del cónyuge o compañero permanente en la sucesión presenta particularidades:
Liquidación de la sociedad conyugal: antes de acceder a la herencia, se debe liquidar la sociedad conyugal, y el cónyuge recibirá la mitad de los bienes sociales, no como heredero, sino como parte de dicha sociedad.
- Participación en el segundo y tercer orden:
- En el segundo orden, el cónyuge comparte la herencia por partes iguales con los ascendientes.
- En el tercer orden, el cónyuge recibe el 50 % de la herencia, y el otro 50 % se reparte entre los hermanos del causante.
Porción conyugal: además, el cónyuge puede acceder a la porción conyugal, que es un derecho distinto a la herencia y depende de las circunstancias particulares del caso. No siempre es automática, pero se reconoce cuando el cónyuge supérstite se encuentra en situación de necesidad económica. El orden hereditario de una sucesión en Colombia está claramente establecido por la ley para garantizar una distribución justa del patrimonio del fallecido. Identificar el orden hereditario aplicable, liquidar correctamente la sociedad conyugal o patrimonial, y asegurar que se respeten los derechos del cónyuge sobreviviente y demás herederos, requiere un análisis técnico y legal especializado.
Por eso, contar con un abogado de familia experto en sucesiones es clave para evitar conflictos, proteger los derechos patrimoniales y realizar una adecuada partición de herencia. En LEGALAN ABOGADOS, estamos comprometidos con brindarte una asesoría clara, humana y legalmente sólida en todos tus procesos de derecho hereditario.